Tesorería General de la República o Juzgado Civil
Prescripción de deuda CAE: presentá tu solicitud ante Tesorería General de la República o Juzgado Civil (Varía según domicilio). Tenés un plazo de 5 años desde que la deuda se hizo exigible según la Ley 20.027 Art. 10 + Art. 2515 CC — prescripción deuda CAE y Fondo Solidario. Describí tu caso y en minutos tenés tu documento listo para presentar.
Contame qué necesitás resolver.
Te haré algunas preguntas para redactar tu documento.
Santiago, 4 de junio de 2026
SEÑOR(A) JUEZ(A) / INSTITUCIÓN
PRESENTE
[NOMBRE DEL SOLICITANTE], RUT [RUT], domiciliado en [domicilio], a US. respetuosamente digo:
I. Antecedentes de hecho
Que… [se completará con los hechos que indique el solicitante]
II. Fundamento legal
[La ley aplicable será determinada por el asistente]
POR TANTO,
RUEGO A US.: [petición concreta — se generará al finalizar]
Completando información…
nombre · RUT · domicilio · tipo de documento
Contenido revisado por el equipo jurídico de LegalHelp Chile • Actualizado: mayo 2026
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Preguntas frecuentes — Prescripción de deuda CAE
El Crédito con Aval del Estado (CAE) es un crédito estudiantil administrado por la Comisión Ingresa. La deuda prescribe a los 5 años desde que se hizo exigible (Art. 2515 CC, acción ordinaria). Si la TGR inició cobro ejecutivo, el plazo ejecutivo es de 3 años.
Sí, si han pasado más de 5 años desde que la cuota se hizo exigible sin que la Tesorería haya iniciado acción judicial. Sin embargo, si la TGR ya inició cobro judicial, debés alegar la prescripción como excepción dentro del juicio.
Revisá la fecha de exigibilidad de cada cuota en tu cuenta de Comisión Ingresa o en la TGR. Contá 5 años desde esa fecha. Si no hay notificación judicial en ese período, la cuota está prescrita.
La TGR puede iniciar un procedimiento ejecutivo de cobro. Si no alegás prescripción a tiempo, el tribunal puede ordenar embargo de bienes o retención de devolución de impuestos.