Tesorería General de la República (TGR)
Prescripción de deuda Tesorería: presentá tu solicitud ante Tesorería General de la República (TGR) (Varía según domicilio). Tenés un plazo de 3 años para acciones del fisco; 5 años acción ordinaria según la Art. 200 Código Tributario + Art. 2515 CC — prescripción deudas fiscales. Describí tu caso y en minutos tenés tu documento listo para presentar.
Contame qué necesitás resolver.
Te haré algunas preguntas para redactar tu documento.
Santiago, 4 de junio de 2026
SEÑOR(A) JUEZ(A) / INSTITUCIÓN
PRESENTE
[NOMBRE DEL SOLICITANTE], RUT [RUT], domiciliado en [domicilio], a US. respetuosamente digo:
I. Antecedentes de hecho
Que… [se completará con los hechos que indique el solicitante]
II. Fundamento legal
[La ley aplicable será determinada por el asistente]
POR TANTO,
RUEGO A US.: [petición concreta — se generará al finalizar]
Completando información…
nombre · RUT · domicilio · tipo de documento
Contenido revisado por el equipo jurídico de LegalHelp Chile • Actualizado: mayo 2026
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Preguntas frecuentes — Prescripción de deuda Tesorería
Las acciones del Fisco para cobrar deudas tributarias prescriben en 3 años (Art. 200 Código Tributario). Las deudas no tributarias (multas municipales, TAG) prescriben en 5 años según el Art. 2515 CC.
Prescriben deudas de impuestos (IVA, renta), multas fiscales, derechos de aduana, contribuciones de bienes raíces, y deudas de crédito universitario (CAE, Fondo Solidario) que se cobran por la TGR.
Presentando un escrito de excepción de prescripción ante el Tribunal Tributario Aduanero (TTA) o ante el juzgado civil que conoce del cobro, según corresponda.
No. Si la deuda está prescrita, la TGR no puede embargar ni retener fondos. Sin embargo, debés alegar la prescripción formalmente; el tribunal no la declara de oficio.