Inspección del Trabajo de tu comuna
Si necesitás denuncia por acoso laboral (ley karin) en Acoso sexual laboral, presentá tu solicitud ante Inspección del Trabajo de tu comuna ubicado en Varía según domicilio laboral. Tenés un plazo de 60 días hábiles desde el último hecho de acoso según la Ley 21.643 (Ley Karin) — acoso laboral y sexual en el trabajo. Describí tu caso y en minutos tenés tu documento listo para presentar.
Contame qué necesitás resolver.
Te haré algunas preguntas para redactar tu documento.
Santiago, 9 de junio de 2026
SEÑOR(A) JUEZ(A) / INSTITUCIÓN
PRESENTE
[NOMBRE DEL SOLICITANTE], RUT [RUT], domiciliado en [domicilio], a US. respetuosamente digo:
I. Antecedentes de hecho
Que… [se completará con los hechos que indique el solicitante]
II. Fundamento legal
[La ley aplicable será determinada por el asistente]
POR TANTO,
RUEGO A US.: [petición concreta — se generará al finalizar]
Completando información…
nombre · RUT · domicilio · tipo de documento
Contenido revisado por el equipo jurídico de LegalHelp Chile • Actualizado: mayo 2026
Aviso legal: El contenido generado por LegalHelp no constituye asesoría legal profesional ni reemplaza la orientación de un abogado habilitado. Se trata de un documento de apoyo informativo. Para casos complejos, consultá con un profesional jurídico o las Corporaciones de Asistencia Judicial.
Preguntas frecuentes — Denuncia por acoso laboral (Ley Karin)
La Ley 21.643 (Ley Karin) modifica el Código del Trabajo para prevenir, investigar y sancionar el acoso laboral, acoso sexual y violencia en el trabajo. Rige desde agosto de 2024. Exige que toda empresa cuente con un protocolo de prevención y un canal de denuncia.
Tienes 60 días hábiles desde el último hecho de acoso para denunciar ante la Inspección del Trabajo. Si el acoso es reiterado, el plazo se cuenta desde la última conducta denunciada.
Puedes denunciar ante la Inspección del Trabajo de tu comuna (denuncia administrativa) o ante los tribunales de justicia (denuncia judicial). La denuncia administrativa no requiere abogado.
Las sanciones van desde amonestaciones y multas para la empresa (hasta 150 UTM) hasta la posibilidad de autodespido indirecto del trabajador afectado con derecho a indemnización.
Denuncia por acoso laboral (Ley Karin) en otras ciudades